Para acceder, los contribuyentes cuyo impuesto venció el jueves 9 de mayo podrán pagar por los medios habilitados -sin recargos por pago vencido - a partir del día lunes 14 de mayo.
Por otra parte, se recuerda la vigencia del descuento por pago anual (5 por ciento) y el descuento del 10 por ciento adicional en caso de que hayan cancelado en 2023 el impuesto correspondiente a ese año.
Los medios de pagos habilitados para cancelar los vencimientos son:
Medios presenciales
- Centros cobro Entre Ríos Servicios: Portando la misma boleta o reimprimiendo una nueva desde www.ater.gob.ar a partir del lunes 14 de mayo.
Medios electrónicos
- Botón de pagos web (desde www.ater.gob.ar) indicando DNI/CUIT o número de partida, o código de barras de su boleta. Abona con Tarjeta de Débito o Débito Inmediato (DEBIN)
- Volantes Electrónicos (Desde los servicios de ATER con clave fiscal)
Para más información, los interesados pueden consultar y/o descargar los avisos desde www.ater.gob.ar o comunicarse con el Servicio de Asistencia al Contribuyente llamando al 0810-888-2837 de lunes a viernes de 8 a 13 o mediante el correo electrónico: consultas@ater.gob.ar