Institucionales XVI Foro Regional contra el Fracking

Remarcaron contradicciones del proyecto de ley contra el fracking en Entre Ríos

El XVI Foro Regional contra el Fracking se reunió en la ciudad de Victoria y se analizó nuevamente el proyecto de ley que prohíbe la fractura hidráulica. Hubo una caravana náutica para limpiar el río.
El sábado 24 de septiembre se realizó en la ciudad de Victoria, el XVI Foro Regional contra el Fracking.

El mismo dio comienzo a partir de las 9 en la sede de la Sociedad Española, y se extendió hasta las 19 aproximadamente.

Desde el grupo Guardianes de Victoria, anfitriones del evento, se realizó al día siguiente una Caravana Náutica por el río, que tuvo como objetivo principal un operativo de limpieza en su recorrido, como gesto en defensa de los humedales.

En el Foro se destacó la lucha que se lleva adelante en Entre Ríos contra el fracking, pero remarcaron las "graves contradicciones" que presenta el proyecto de ley que cuenta con media sanción de la Cámara de Diputados.

Asimismo, y entre los puntos destacados solicitaron que no se instale el Parque Industrial en Puerto Ruiz (Gualeguay) sobre una zona inundable; y al Municipio de Victoria que realice controles y se haga responsable del cuidado de los humedales.

Participaron de este nuevo encuentro del Foro, el Grupo Ambientalista Nogoyasero; Movimiento por Entre Ríos Libre de Fracking; Guardianes de Victoria; Asamblea Ciudadana Victoria Libre de Fracking; Asamblea Ciudadana Ambiental Concepción del Uruguay; Asamblea Popular Ambiental Colón-Ruta 135; Junta Abya Yala por los Pueblos Libres; Asamblea Ciudadana Concordia y El Paraná No Se Toca (Rosario ? Provincia de Santa Fé).

A continuación la Declaración del XVI Foro Regional contra el Fracking

En la ciudad de Victoria (Entre Ríos) a los 24 días del mes de setiembre de 2016, analizamos los titulares de prensa de esta última semana, en los que se hace referencia al encuentro organizado por la Coalición Latinoamericana contra el Fracking desarrollado el 19 del corriente en Montevideo (Uruguay) donde se expresaba que "respecto al Fracking Entre Ríos es un ejemplo para el resto de Latinoamérica". Dichas declaraciones tienen origen en lo expresado en esa oportunidad por la Secretaria de Ambiente Provincia de Entre Ríos, Dra. Belén Esteves.
Coincidimos en afirmar que Entre Ríos se encuentra a la vanguardia en la lucha contra el fracking y en defensa del ambiente, como lo prueban las 37 ordenanzas aprobadas. No es menos cierto que ellas nacieron como consecuencia de la movilización de las organizaciones socioambientales. Así fue surgiendo la necesidad de una Ley Provincial que hoy cuenta con media sanción de la Cámara Baja. Pero respecto a este punto manifestamos que el mencionado Proyecto contiene una grave contradicción: mientras que el primer artículo prohíbe el fracking a artículo seguido regula el uso del agua permitiendo implícitamente lo que intenta prohibir. Llama poderosamente la atención que haya obtenido media sanción con una redacción viciada de un error tan grosero que desafía el sentido común. Esta incoherente redacción de la norma nos lleva a preguntarnos: ¿qué razones primaron al momento de elaborar ese texto?
Insistimos en la necesidad de que se cierren definitivamente las puertas al lobby petrolero tan devastador del ambiente y a su vez incompatible con las actividades que se desarrollan actualmente en nuestra Provincia.
Es por ello que reivindicamos la necesidad de que el articulado de la Ley contemple los siguientes 4 puntos:
· Prohibición de la exploración y/o explotación de hidrocarburos fósiles convencionales y no convencionales en Entre Ríos sea cual fuere el método utilizado, incluyendo la técnica denominada fractura hidráulica, la exploración desde la utilización de sísmica 2D ó 3D hasta perforaciones con utilización de cargas explosivas en profundidad o con materiales radioactivos o cualquier actividad similar contaminante.
· Prohibición del ingreso a la Provincia de todo transporte que tenga por fin la exploración y/o explotación de hidrocarburos fósiles: todo vehículo, maquinaria, equipos, sustancias, materiales, mercaderías o elemento para llevar a cabo tal actividad sea convencional o no convencional. Asimismo, se prohíbe el tránsito y/o deposición de deshechos de la industria petrolera / extracción de hidrocarburos, el tránsito y/o manipulación de elementos radioactivos destinados a la minería, la agricultura e industria y/o resultante de dichas actividades (excluyendo los elementos utilizados en la medicina nuclear y/o los destinados a su utilización específica en sensores especiales de nivel dentro de los predios de los parques industriales de la Provincia). Se prohíbe el tránsito y/o deposición de deshechos de la industria petrolera / extracción de hidrocarburos y el tránsito de materiales radioactivos destinados a dicha actividad (exploración y explotación)
· Afirmar el carácter de Bien Público del Pueblo o Bien Común Natural del agua pluvial, superficial y subterránea, la que no debería ser aplicada a procedimientos o técnicas que conlleven daño a la vida humana, animal y vegetal.
· Derogar la LEY DE HIDROCARBUROS N° 9991 sancionada en 2010 y los Pactos/convenios de Exploración y/o explotación de Hidrocarburos firmados con Repsol-YPF / YPF S.A. a ejecutarse en el ámbito de la Provincia de Entre Ríos y/o propiciar la derogación de los convenios de colaboración con el Uruguay u otros países, en los que se apunte a la exploración y/o explotación de hidrocarburos y/o que puedan afectar la conservación y/o salubridad del Acuífero Guaraní , en tal sentido apoyar la prohibición del fracking en el Uruguay.

Por otro lado exigimos:
1. Que la Cámara de Senadores de Entre Ríos eleve un pedido de informes ante Poder Ejecutivo Nacional para que vía Cancillería se recabe información sobre las actividades realizadas por la República Oriental del Uruguay sobre el Acuífero Guaraní en virtud de lo establecido en el Tratado de preservación de esa enorme reserva de agua.
2. Hacer cumplir la Ley Nacional de Bosques a la que la Provincia de Entre Ríos ha adherido, imposibilitando la destrucción de bosques naturales, tanto en suelo firme como inundable.
3. Establecer la conservación, protección, restauración ecológica de los humedales a fin de preservar los ecosistemas de la región, tal como quedó establecido en el Proyecto de Ley Nacional de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Humedales
4. Que no se instale el Parque Industrial en Puerto Ruiz (Gualeguay) sobre una zona inundable.
5. Al Municipio de Victoria ocuparse, controlar y responsabilizarse del cuidado de los humedales, revertir situaciones dañinas o contaminantes e instrumentar los medios necesarios para hacer efectivo lo anteriormente planteado.



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