Economía Se reuniría el 30 de abril

El Consejo del Salario Mínimo definiría la semana venidera un aumento para mayo

El salario mínimo incide en los trabajadores registrados mensualizados o jornalizados que cobran menos del salario mínimo mensual o por hora. Y de manera indirecta es referencia sobre los trabajadores no registrados o informales.
La última reunión fue en febrero
Foto: La última reunión fue en febrero
Crédito: Archivo
El Gobierno convocará al Consejo del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) para el próximo 30 de abril, en vísperas del día internacional de los trabajadores. Será para definir el aumento de mayo y meses siguientes , “salteándose” de esta manera el aumento de abril porque se descuenta que no será retroactivo. .

La última reunión fue en febrero, y ante la falta de acuerdo entre los representantes empresarios y sindicales, tuvo que laudar la Secretaria de Trabajo. Y fijó, “salteando” el mes de enero, en $ 180.000 el valor mensual o $ 900 la hora de febrero y en $ 202.800 para marzo o $ 1.014 la hora.

En relación a diciembre ($ 156.000 para los mensualizados o $ 780 la hora), los $ 202.800, equivalen a un aumento del 30%.


La inflación de enero-febrero-marzo fue del 51,6% % versus un 30% del SMVM.. Representa un deterioro del 15,8%. Si agregamos una inflación del 10% en abril, en el primer cuatrimestre la suba promedio de los precios sería del 66,8% versus un 30% de suba del SMVM. Una caída del 22,1%.

Esta pérdida se suma a la de 2023 cuando el salario mínimo tuvo un incremento del 151,8% frente a una inflación del 211,4%. Fue una pérdida de 19%, detalla el diario Clarín.

En relación con la canasta básica alimentaria, la caída superó el 25%.

El SMVM de diciembre fue de $ 156.000 para los mensualizados o de $ 780 por hora. En diciembre 2022 era de $ 61.953 mensual o $ 309.77 por hora.

La Comisión de SMVM reúne a sindicalistas de la CGT y CTA y representantes empresarios como UIA en una suerte de paritaria nacional. Si las partes no se ponen de acuerdo lauda el Gobierno.

El salario mínimo incide en los trabajadores registrados mensualizados o jornalizados que cobran menos del salario mínimo mensual o por hora. Y de manera indirecta como referencia sobre los trabajadores no registrados o informales.

Además determina que los que se jubilaron con 30 o más años de aportes (sin recurrir a las moratorias) tienen derecho a cobrar el 82% del SMVM,

También impacta en enero y julio en la exención del impuesto a las Ganancias para los trabajadores que ganan menos de 15 SMVM. Y sobre el mayor ingreso neto imponible acumulado sobre el excedente de quince 15 SMVM.

Asimismo, influye en la cuota de inembargabilidad de los salarios que equivale hasta el monto del salario mínimo, salvo por deudas alimentarias. A partir de ese valor, se aplica un porcentaje creciente sobre la diferencia entre el salario percibido y el SMVM.

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