El monto surgió del Acuerdo Salarial realizado el 11 de abril pasado, homologado mediante Resolución S.T. N° 626/14. Allí se pactó otorgar por única vez, con carácter extraordinario y excepcional, una asignación no remunerativa.
En el acuerdo se estableció la obligación por parte de los empleadores de abonar dos cuotas de $1.200 cada una, juntamente con los haberes de julio y noviembre del corriente año.
Se aclaró que el pago corresponde a todos los trabajadores por igual, sin diferenciar jornada reducida o completa. La suma es fija, no proporcional.