Economía Se publicó en el Boletín Oficial

Oficializan la ley de autos artesanales y ahora podrán patentarse

Tiene como objetivo "regular la producción y circulación en la vía pública de automotores fabricados artesanalmente o en bajas series para uso particular". Así podrán patentarse vehículos que no hayan sido elaborados en una terminal.
A través del Boletín Oficial se promulgó de hecho la nueva ley de autos artesanales, la cual tiene como objetivo "regular la producción y circulación en la vía pública de automotores fabricados artesanalmente o en bajas series para uso particular".
La ley, aprobada a fines de mayo por el Congreso, autoriza la producción y circulación en la vía pública de automotores fabricados artesanalmente o en bajas series para uso particular. Es decir, no es necesario ser una terminal automotriz para homologar y patentar vehículos en la Argentina.
Según se estableció se creará un Registro de Fabricante bajo la órbita de la Secretaría de Industria.
Habrá cinco nuevas categorías para definir a los autos fabricados artesanalmente o en baja serie: ARR1, ARR2, AIO, AR1 y AR2. Las mismas definen si el vehículo es una réplica de autos originales -exactas o con modificaciones-, "inédito u original", "autos reformados" y "autos restaurados".
En todos los casos le vehículos sólo podrán utilizarse para uso particular, y nunca para uso profesional, para el transporte de carga o de pasajeros.
Antes de esta ley, los artesanos se regían por los requisitos establecidos en la Inscripción Inicial de Automotores Armados Fuera de Fábrica. Sin embargo, años atrás se modificaron para que no sean aprovechados por empresas de transporte de pasajeros.
El comentario no será publicado ya que no encuadra dentro de las normas de participación de publicación preestablecidas.

NOTICIAS DESTACADAS